12 de noviembre de 2015 – ACS ha modificado su código de conducta que establece los principios y compromisos de ética empresarial que las empresas del grupo y todos sus empleados deben respetar y cumplir en el ejercicio de sus actividades.
El código va dirigido a todos los empleados de las empresas del grupo en las que ACS tiene control y obliga a los empleados y directivos de la compañía a actuar con integridad, profesionalidad y respeto.
En este sentido, el equipo directivo del grupo ACS pondrá “los medios a su alcance” para hacer cumplir las normas contenidas en este código de conducta, según señala la compañía presidida por Florentino Pérez a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La vulneración o incumplimiento de este código que constituya una falta de carácter laboral se sancionará con arreglo a la normativa vigente, sin perjuicio de otras responsabilidades en que el infractor hubiera podido incurrir.
Entre los pilares de este texto se encuentra la prohibición de los sobornos a autoridades y funcionarios públicos.
También prohíbe que sus empleados den a terceros o reciban de terceros pagos indebidos de cualquier tipo, como regalos, dádivas o favores que estén fuera de los usos del mercado o que, por su valor, sus características o sus circunstancias, razonablemente pudieran suponer una alteración del desarrollo de las relaciones comerciales.
Durante el desempeño de sus responsabilidades profesionales, el código sostiene que los empleados y directivos deben actuar con lealtad y atendiendo a la defensa de los intereses del grupo evitando situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de la empresa.
También se deben cumplir las leyes vigentes y la normativa fiscal vigente en cada país o territorio donde está presente, evitando la ocultación de información relevante, el impago de impuestos o la obtención de beneficios fiscales indebidos.
Además, todos los empleados del grupo que participen en procesos de selección de contratistas, proveedores, y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad.
Asimismo, se incluyen apartados de no discriminación, respeto a las personas, fomento de la seguridad y salud en el trabajo, erradicación del trabajo infantil y del trabajo forzoso o el respeto por el entorno y derechos de las minorías éticas.
Publicado en La Vanguardia