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Noticias de Ética EmpresarialRecursos

¿Responsabilidad empresarial sin responsabilidad social?

by admin 5 de octubre de 2017
5 de octubre de 2017

7 de agosto de 2017 – A la pregunta de si los ejecutivos de las compañías, siempre y cuando cumplan las leyes, tienen otras responsabilidades además de maximizar las ganancias de sus clientes, respondía Milton Fridman, en su famoso artículo publicado en el New York Times el 13 de setiembre de 1970, “la responsabilidad social del negocio es aumentar sus beneficios”, con un tajante no. Para Fridman, priorizar la atención en causas sociales o proyectos comunitarios suponía tanto como robar a los accionistas

Fue  precisamente en la década de los 70 – debido a los cambios sociales impulsados por distintos grupos críticos con  la concepción liberal de la obtención del  beneficio a toda costa – cuando  comenzó a construirse la idea de una  ética empresarial y  a ponerse en entredicho  “el mito de los negocios amorales”.

En  su artículo “Stockholders and Stakeholders: A New Perspective on Corporate Governance” (1983)  Edward  Freeman  mostró la manera en que la responsabilidad empresarial debía integrar, no solo el interés de los accionistas (stockholders), sino de el de todos los grupos de interés afectados (stakeholders).

Desde entonces mucho se ha escrito sobre los stakeholders, concepto que incluye a todos los individuos o grupos  que pueden afectar o ser afectados por una compañía o corporación empresarial, llegando a incluir en este  concepto  a los empleados, los clientes, los proveedores, financiadores, gobiernos,  y comunidades en las que opera la corporación, además de -por supuesto- los propios accionistas e incluso  los competidores.

Precisamente alrededor de los stakeholders se construyó la idea de responsabilidad social corporativa; siendo precisamente los grupos de interés afectados por una corporación y la actitud de ésta frente a ellos la pieza clave de lo que llamamos “ responsabilidad social empresarial” que, en esencia, de lo que trata es de gestionar adecuadamente las relaciones de la empresa con los distintos individuos y grupos de interés con ella relacionados y – como decía el propia Freeman- “conectar lo estratégico con los social y lo éticamente debido”.

Hoy en día, se va imponiendo la idea de que  la atención a los stakeholders debe de ser una prioridad para  la dirección de una empresa, al ser   el mejor camino para conseguir sus  objetivos y metas,  incluido el máximo beneficio de los accionistas.

En efecto, es un hecho probado, que  las   empresas que asumen voluntariamente una política de responsabilidad social empresarial, intentando elevar el nivel de bienestar social de sus propios empleados y de las comunidades donde actúan, respetando el medioambiente y  adoptando un modelo de gobernanza transparente y abierto, mejoran su competitividad,  fidelizan  a sus clientes,   aumentan el compromiso y lealtad de sus empleados,  mejoran las relaciones con la comunidad en la que actúan y  posicionan su  marca y su buena  imagen ante la opinión pública y ante los inversores.

Esta mentalidad de gestión involucrada en el correcto tratamientos de los stakeholders ha ido  teniendo reflejo en determinadas recomendaciones de organismos internacionales: Directrices de la OCDE en materia de responsabilidad social, Principios del pacto mundial de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, trabajo, medio-ambiente y anti-corrupción, Libro Verde y Comunicaciones  de la Unión Europea y otras iniciativas institucionales, como son  en España el Libro Blanco de la Responsabilidad social Empresarial, la Ley 2/2011 de Economía sostenible  y más recientemente la Estrategia Española de Responsabilidad Social Empresarial.

La escasez de recursos y de tiempo son las excusas  que ordinariamente  dan las pymes para implantar modelos de responsabilidad social en su  gestión. Sin  embargo, al estar precisamente  las pymes  y sus gerentes cercanos, en su actividad diaria,  a sus propios trabajadores,  clientes, proveedores y   comunidades  en las que operan – pudiendo pulsar, día a día, los estados de ánimo e intereses de todos ellos-  son las pymes las mejores conocedoras de sus necesidades y demandas, lo que se traduce en que las medidas de responsabilidad social que adopten serán siempre más acertadas  y tendrán por ello un retorno casi   inmediato.

También las grandes empresas deberían implementar como una de sus prioridades –más allá de patrocinios de distinto carácter social o cultural-   políticas y medidas realmente eficaces  para mejorar las condiciones de vida de sus empleados y  su atención al cliente, actuando positivamente en  la comunidad donde radique el centro de sus operaciones y  minimizando  los impactos ambientales negativos.

Para implementar estás políticas y conductas resultan  interesantes las recomendaciones que en esta materia imparte el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, aconsejando  al órgano de administración de las sociedades, establecer:

1º.- Objetivos concretos  de  política de responsabilidad social corporativa y el desarrollo de instrumentos de apoyo. 2º.-  Una estrategia corporativa relacionada con la sostenibilidad, el medio ambiente y las cuestiones sociales. 3º.-  Cuáles hayan de ser las prácticas concretas en cuestiones relacionadas con: accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de conductas ilegales. 4º.-  Cuáles los métodos o sistemas de seguimiento de los resultados de la aplicación de las prácticas concretas señaladas en la letra anterior, los riesgos asociados y su gestión. 5º.- Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, la ética y la conducta empresarial. 6º.-  Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés. 7º.- Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Recomendando que la sociedad informe, en un documento separado o en el informe de gestión, sobre los asuntos relacionados con la responsabilidad social corporativa, utilizando para ello alguna de las metodologías aceptadas internacionalmente.

E, igualmente recomendando que el órgano de administración atribuya las funciones específicas en esta materia a una comisión especializada, que según el tamaño de la empresa tendrá una u otra configuración, pero que en definitiva tendrá como misión impulsar una gestión de estos asuntos más intensa y comprometida.

A dicha comisión, el Código de Buen Gobierno le recomienda: a) Evaluar periódicamente  del  sistema de gobierno corporativo de la sociedad, con el fin de que cumpla su misión de promover el interés social, tomando en cuenta los legítimos intereses de los grupos de interés. b) Revisar  la política de responsabilidad corporativa de la sociedad, velando por que esté orientada a la creación de valor. c) Velar por el  seguimiento de la estrategia y  las prácticas de responsabilidad social corporativa y evaluar  su grado de cumplimiento y d) Supervisar y evaluar  los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Desde luego resulta evidente que si todas las empresas vieran la conveniencia de establecer  políticas y programas  en materia de responsabilidad social y las ejecutasen  conforme a las técnicas del “management”, los resultados serían altamente positivos para toda la sociedad.

Pero, para adoptar dichas políticas, hay que empezar porque las personas que ejercen tareas de gobierno en una empresa se convenzan de su bondad y eficacia, también en términos de retorno económico.

Desde luego si todas las personas con responsabilidades en las empresas- pequeñas y grandes – tuvieran un compromiso firme con la responsabilidad social,  tomando en consideración, en todas sus decisiones, a los distintos grupos de interés con los que interactúan,  ello redundaría en provecho de todos y actuaría como acicate y motor apto para conseguir una sociedad más igualitaria.

Luis Suárez Mariño. Abogado. Miembro de la Directiva de la Asociación Europea de Abogados y Economistas en Compliance.

 

Publicado en diarioresponsable.es

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